Francisco Javier
Hierro Hierro.
Al igual que al comienzo de los
años de la crisis económica vivida en España hace algún tiempo (y que todavía
sigue dando sus coletazos) se introdujeron en las conversaciones diarias de
todos los ciudadanos términos que hasta aquel momento eran en su mayoría
desconocidos o, al menos, no recursos frecuentes en las tertulias y diálogos
entre familiares o amigos (prima de riesgo, el miedo a ser intervenidos por la
Unión Europea, los hombres de negro…); hoy son otros vocablos los que ocupan
día tras día las portadas de los medios de comunicación impresos, abren
titulares en los digitales y copan las tertulias en los platós televisivos y
radiofónicos, así como las charlas que cualquiera de nosotros podamos llevar a
cabo en nuestro entorno más próximo (el “proceso”, la “DUI”, el artículo 155…).
Esta situación, extremadamente compleja,
tendrá incidencia (más o menos directa) en todo y en todos. Sus resultados
finales están todavía lejos de adivinarse, los síes pero noes no dejan atisbar
una solución pronta a la situación creada y mucho menos de que esta sea
dialogada. Sus consecuencias, en muchos casos, serán irreparables.
Sin ánimo de contribuir al ya enaltecido
debate, con la presente entrada se quiere dejar simple manifestación de cómo
esa pretendida realidad a la que algunos quieren llegar se articularía en el
campo de la protección social.
Se presenta ahora un pequeño
extracto del documento “La Seguridad Social Catalana” (el acceso a este informe
se puede realizar a través del siguiente enlace http://presidencia.gencat.cat/web/.content/ambits_actuacio/consells_assessors/catn/informes/inf_15_castella.pdf).
En este se analizan las
estrategias y las medidas que un eventual Estado catalán tendría que adoptar
con el fin de disponer, desde el primer momento de su creación, de un sistema
de Seguridad Social capaz de realizar las funciones propias de esta institución
básica del estado del bienestar.
Los objetivos básicos:
- - Que los ciudadanos de Cataluña vean garantizada
la percepción de las pensiones y otras prestaciones de Seguridad Social que
tengan reconocidas en las mismas condiciones que hasta ahora.
- - Que los ciudadanos de Cataluña tengan la certeza
de que podrán acceder en el futuro a prestaciones de Seguridad Social de la
misma calidad, como mínimo, que las que hasta ahora podían legítimamente
confiar en disfrutar.
- - Que los ciudadanos de otros países que hayan
trabajado algún tiempo en Cataluña o que quieran hacerlo en el futuro confíen
en que serán tratados igual que ahora en relación con sus posibles derechos en
materia de Seguridad Social y que, en todo caso, se respetará escrupulosamente
la normativa de coordinación europea e internacional.
Sus principios:
- De continuidad del sistema de Seguridad Social
existente. En la práctica, no proponer para el momento de transición ningún
cambio significativo en los elementos básicos de un programa de protección
social: ni en el campo de aplicación subjetivo, ni en la cobertura objetiva de
contingencias, ni en el esfuerzo contributivo, ni en la intensidad protectora.
Esta continuidad
supone que habrá que hacer una remisión provisional mutatis mutandis en el redactado de las normas relativas a la
Seguridad Social que actualmente se aplican en Cataluña.
- De mejora del sistema de Seguridad Social
existente de acuerdo con los estándares internacionales y europeos. A medio
plazo se buscaría seguir una estrategia de extensión de la Seguridad Social de
cara a acercarse progresivamente a los objetivos de cobertura universal de la
población (dimensión horizontal) y a niveles más elevados y completos de
protección en los diversos riesgos sociales (dimensión vertical). La dimensión
horizontal perseguiría la incorporación a un nivel mínimo de protección de
aquellos sectores que todavía hoy quedan excluidos. La dimensión vertical
buscaría la expansión de la Seguridad Social llenando lagunas de protección
existentes, previniendo las situaciones de necesidad que tienen una gran
amplitud (riesgo de pobreza, desempleo de larga duración o la dependencia).
Las funciones y estructura:
-
Órganos: Agencia Catalana de Seguridad Social.
-
Funciones.
A. Prestacional.
1ª Etapa. Las competencias sobre las prestaciones de protección social propias
o transferidas por el Estado que actualmente gestionan diversos departamentos
(Bienestar Social y Familia, Empresa y Ocupación, Salud), añadiendo las
prestaciones o mejoras que eventualmente se decidiera incorporar. 2ª Etapa. Incorporación
de las competencias que actualmente son ejercidas por organismos españoles.
B. Recaudatoria.
Recaudadora de los recursos económicos de la Seguridad Social. No obstante, se
plantea como un tema a decidir si es oportuno o no unificar la gestión de la
recaudación de tributos y de cotizaciones (que no dejan de ser un tributo, sólo
que afectado a una finalidad) en la Agencia Tributaria Catalana.
C. De diseño y
gestión financiera y actuarial.
D. De gestión
del fondo de reserva.
E. De
administración de los recursos humanos y los sistemas tecnológicos.
Otro de los quid, la asunción del
déficit.
Escenario A. En el caso de un
proceso de independencia pactado, en el reparto de activos y pasivos, una parte
del fondo de reserva es reclamado por Cataluña. La proporción que
correspondería a esta Comunidad Autónoma dependería de la negociación, pero
ellos consideran correcto estimar que se tiene que atribuir a Cataluña la parte
del fondo de reserva que se dotó con los superávits de la Seguridad Social en
su territorio.
Escenario B. Proceso de
independencia no pactado, Cataluña tendría que cubrir el déficit con los presupuestos
ordinarios de su hacienda.
No hay comentarios:
Publicar un comentario